certificado energetico cuando es obligatorio

Cuándo es obligatorio el Certificado Energético

El Certificado Energético se ha convertido en un elemento esencial en el sector inmobiliario español, cada vez más consciente del impacto ambiental y la eficiencia energética. Este documento no solo es una exigencia legal para propietarios y arrendadores, sino que también representa un compromiso con la sostenibilidad y el cuidado del medio ambiente.

¿Qué inmuebles necesitan certificado energético?

El Certificado Energético es obligatorio en los siguientes casos, según el artículo 3 del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

  • Edificios de nueva construcción: Este requisito garantiza que las nuevas edificaciones cumplan con los estándares de eficiencia energética desde su concepción, fomentando así la sostenibilidad en el sector de la construcción.
  • Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario: La necesidad de este certificado en transacciones de venta o alquiler responde a la intención de informar a los compradores o inquilinos sobre la eficiencia energética del inmueble, permitiéndoles tomar decisiones informadas.
  • Edificios o partes de edificios pertenecientes u ocupados por una Administración Pública con una superficie útil total superior a 250 m²: Esto subraya el compromiso del sector público con la eficiencia energética y su papel ejemplarizante en esta materia.
  • Edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones significativas: Este punto es crucial, ya que asegura que cualquier modificación sustancial en un edificio no disminuya su eficiencia energética. Incluye casos como la sustitución o renovación de instalaciones térmicas que requieran un proyecto de instalación, la intervención en más del 25% de la envolvente térmica del edificio, o ampliaciones que incrementen más de un 10% la superficie o el volumen construido cuando la superficie útil total ampliada supere los 50 m².
  • Edificios o partes de edificios con una superficie útil total superior a 500 m² destinados a usos diversos:
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N.º Uso
1.º Administrativo
2.º Sanitario
3.º Comercial Tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares
4.º Residencial público Hoteles, hostales, residencias, pensiones, apartamentos turísticos y similares
5.º Docente
6.º Cultural Teatros, cines, museos, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones, bibliotecas y similares
7.º Actividades recreativas Casinos, salones recreativos, salas de fiesta, discotecas y similares
8.º Restauración Bares, restaurantes, cafeterías y similares
9.º Transporte de personas Estaciones, aeropuertos y similares
10.º Deportivos Gimnasios, polideportivos y similares
11.º Lugares de culto, de usos religiosos y similares
  • Edificios que deban realizar obligatoriamente la Inspección Técnica del Edificio o inspección equivalente: Esto implica que edificios sujetos a inspecciones técnicas regulares también deben contar con certificados de eficiencia energética.

Excepciones

El reglamento también establece excepciones, entre ellas edificios protegidos por su valor histórico o arquitectónico, construcciones provisionales con uso inferior a dos años, edificios industriales, agrícolas no residenciales o de baja demanda energética, edificios independientes con superficie útil menor a 50 m², y edificios destinados a ser demolidos o sometidos a reformas significativas​​.

Este enfoque exhaustivo demuestra la intención del reglamento de abarcar un amplio espectro de situaciones, equilibrando la necesidad de eficiencia energética con la practicidad y el respeto por el valor patrimonial y las características específicas de ciertos tipos de edificios.

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La certificación energética es más que una obligación legal; es una oportunidad para contribuir a un futuro más sostenible y eficiente. Mejorar la eficiencia energética de los inmuebles no solo beneficia al medio ambiente, sino que también representa un ahorro económico y un aumento en el valor de la propiedad.

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